PLAN DE AUTOPROTECCIÓN

Sumamos más de 30 años ofreciendo protección y seguridad para nuestros clientes.
 

  • Un plan de autoprotección o planes de emergencia, son la planificación y organización humana con la fin de reducir al máximo las consecuencias ocasionadas por un incendio.

 

  • Establecen unos criterios básicos de actuación del personal proveyendo qué se debe hacer en caso de emergencia, el momento adecuado para activar dicho plan, y cómo se llevará a cabo así como los lugares implicados del mismo.

 

  • Garantizar la adopción de medidas destinadas a la prevención y control de riesgos poniendo en conocimiento a cada trabajador del centro que debe hacer en cada instante, es la parte fundamental de los planes de emergencia, pues una rápida actuación asegura contraer los menores riesgos posibles.

 

En Chacarrex te podemos asesorar como expertos en la materia, contacta con nosotros.

¿Cómo podemos ayudarte?

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    Mantenimiento

    Los Planes de Emergencia tienen una vigencia indeterminada. Se deben realizar simulacros para asegurar la correcta actuación y memorización de los pasos a seguir.

     

    Si se producen cambios o modificaciones en las instalaciones, los procesos, los equipos, el personal, etc., o los resultados de los simulacros realizados así lo sugieren, se deberán revisar y actualizar, bien de forma parcial o total en función de la magnitud de los cambios o modificaciones producidas. Por tanto, deben mantenerse permanentemente actualizados, y ser revisados con cierta periodicidad.

     

    Además, se debe asegurar que todos los agentes que intervienen en los planes de emergencia cuentan con los conocimientos y las herramientas necesarias.

     

    Si desea más información sobre nuestros servicios de mantenimiento, no dude en contactarnos.

    1. ¿Qué está incluido en mi contrato de revisiones periódicas?

    Se incluyen las revisiones y verificaciones del material contratado según la normativa vigente. Consultas y asesoramiento técnico sobre los sistemas de protección contra incendios así como todo lo relacionado con la seguridad en cuanto a prevención, protección y extinción de incendios.

    2. ¿Debo actualizar mis instalaciones a la normativa actual?

    Es conveniente actualizarlas tanto por el cumplimiento de las normativas como por la seguridad que eso implica

    3. ¿Cuál es el procedimiento para la legalización de mi instalación?

    Responder a esto puede ser complejo. Dependiendo del estado de la instalación se procederá de una manera u otra. En cualquier caso les recomendamos que se pongan en contacto con nosotros explicándonos su caso concreto y nuestros técnicos e ingenieros le resolverán la duda.

    4. ¿Qué señalización debo tener? ¿Es obligatorio señalizar los elementos de protección contra incendios y las vías de evacuación?

    Cada elemento de protección contra incendios debe estar señalizado. En el caso de que la comunidad pasase prevención de riesgos laborales, también sería necesaria la señalización de vías de evacuación.

    Escuchamos, asesoramos y ofrecemos soluciones integrales en Protección Contra Incendios.

    Instalaciones

    Deben adoptarse una serie de medidas preventivas que abarcan desde el establecimiento de un Plan de Autoprotección, que sirva como guía para determinar los riesgos más comunes y la forma de actuar ante ellos, hasta una adecuada señalización de los recorridos de evacuación y medios de protección contra incendios disponible, incluyendo un sistema de alumbrado autónomo que mantenga la visibilidad en caso de fallo del suministro eléctrico.

     

    El objetivo es la identificación y señalización de todos los medios de protección contra incendios, así como de los recorridos de evacuación en caso de emergencia.

    1. ¿Cuáles son las normativas que afectan una instalación de detección de incendios?

    El Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (R.D. 1942/1993) regula las operaciones de mantenimiento y su periodicidad. La instalación está regulada por el Reglamento de Seguridad en Establecimientos Industriales (R.D. 2267/2004) y el Código Técnico de la Edificación (R.D. 314/2006), así como diversas normas municipales.

    2. ¿Qué coste tiene una instalación de extinción de incendios?

    Para valorar una instalación de este tipo es preciso realizar un estudio previo, para determinar la superficie cubrir, así como el tipo de instalación y componentes más adecuados. Nuestros técnicos pueden realizar este estudio de forma gratuita y sin compromiso para usted.

     

    3. Cuando se remueven los ascensores en edificios de viviendas existentes y altura de evacuación exceda de 28 metros, ¿deben instalarse ascensores de emergencia?

    Si, conforme a lo que establece el punto 6 del apartado III de la introducción del DBS SI para las obras de reforma. Los citados edificios de viviendas deben adaptarse a la exigencia de que, en las plantas cuya altura evacuación exceda de 28 metros, al menos uno de sus ascensores cumpla las condiciones de ascensor de emergencia.

     

    ¡Llámanos! - 917 988 258