En Chacarrex te podemos asesorar como expertos en la instalación, mantenimiento y retimbrado de extintores en Madrid, contacta con nosotros.
Siendo equipos que no se usan habitualmente, sino puntualmente caso de emergencia, se requiere de un programa de mantenimiento periódico que garantice su fiabilidad y correcto funcionamiento cuando sean necesarios. El programa de mantenimiento se encuentra establecido en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.
Aunque en principio es una instalación de extintores que no debería resultar problemática, es preciso comprobar su accesibilidad y el buen estado aparente de conservación, así como los precintos e inscripciones. Además se debe comprobar también el estado de carga (el peso y la presión), y el estado de la boquilla, válvulas, manguera, etc…
Al margen de posibles fallos mecánicos, los extintores instalados en zonas poco transitadas o sin vigilancia, a menudo son objeto de vandalismo. Los extintores robados, disparados o golpeados son algo relativamente frecuente.
Si desea más información sobre nuestros servicios de mantenimiento de extintores en Madrid, no dude en contactarnos.
El Reglamento de Aparatos a Presión indica que hay que realizar una prueba hidráulica (retimbrado) a los extintores cada 5 años. Dicha prueba es obligatoria y consiste en someter el envase a una presión interna que ronda los 25 kg/cm2 en el caso de los extintores de polvo y 250 Kg/cm2 en los extintores de dióxido de carbono.
Esta prueba de presión sólo es válida si el mantenedor autorizado es también recargador como es nuestro caso. Para un extintor de polvo y una vez en el taller del mantenedor autorizado se realizan los siguientes pasos:
a- Despresurizar el extintor y desmontarlo.
b- Vaciar el polvo del interior y llenarlo con agua.
c- Presurizarlo a 25kg/cm2 y posteriormente despresurizarlo.
d- Vaciarlo de agua y secarlo interiormente.
e- Volver a cargar el extintor.
f- Montar la maneta y presurizarlo.
Nota: Cuando se devuelve al cliente es conveniente que lleve una anilla(junta) que indica que el extintor ha sido abierto y por lo tanto que se ha realizado la prueba.
Depende de la superficie. Por norma general, deberá haber un extintor mínimo cada 15 metros.
Por norma general, en las comunidades de propietarios, se disponen de extintores en las escaleras y zonas comunes. Si se trata de un chalet o simplemente desea instalar uno en su casa, se recomienda el de polvo de 6 kg.
Vehículos a motor para transporte de personas:
Hasta 9 plazas incluido el conductor: Uno de clase 5A/21B.
Hasta 23 plazas incluido el conductor: Uno de clase 8A/34B.
Más de 23 plazas incluido el conductor: Uno de clase 21A/113B.
Vehículos a motor y conjuntos de vehículos para el transporte de mercancías y cosas:
Hasta 1.000 kg de PMA: Uno de clase 8A/34B.
Hasta 3.500 kg de PMA: Uno de clase 13A/55B.
Hasta 7.000 kg de PMA: Uno de clase 21A/113B.
Hasta 20.000 kg de PMA: Uno de clase 34A/144B.
Más de 20.000 kg de PMA: Dos de clase 34A/144B.
Tóxicos no son, pero si asfixiantes. Los polvos químicos que se utilizan actualmente en los extintores PQS no son tóxicos aunque pueden causar problemas para respirar y dificultar la visibilidad durante o inmediatamente después de su descarga.
Nunca debemos utilizar el extintor de polvo químico seco sobre una persona que se este quemando o que haya sufrido algún tipo de quemadura ya que, aunque los polvos químicos secos no son tóxicos, cuando entran en contacto con un medio acuoso se descomponen formando un ácido que, aunque es muy débil, puede provocar quemaduras químicas en una piel afectada por el fuego.
La ejecución de las instalaciones se realiza poniendo especial atención a los criterios de seguridad y eficacia de los equipos, pero también de estética, escogiendo los equipos que mejor se integren visualmente con el entorno.
Si está interesado en llevar a cabo una instalación de extintores en Madrid, no dude en contactar con nosotros.
Si
Para valorar una instalación de este tipo es preciso realizar un estudio previo, para determinar la superficie cubrir, así como el tipo de instalación y componentes más adecuados. Nuestros técnicos pueden realizar este estudio de forma gratuita y sin compromiso para usted.
No, el recorrido máximo de 15 m hasta algún extintor debe cumplirse “en cada planta”, lo que impide considerar que un extintor situado en una planta sea válido para otra planta, aunque se cumplan los recorridos respecto a dicho extintor.
En la Tabla 1.1 de SI 4-1 se establece la obligatoriedad de disponer extintores de eficacia 21 A-113B en toda zona de trasteros que sea del riesgo especial según la tabla 2.1 de SI 1-2. Es decir cuando la superficie construida de la zona exceda de 50 metros2. No obstante, incluso cuando no sea zona de riesgo especial debe existir un extintor de dichas características a 15 metros de recorrido en la planta, como máximo, desde cualquier origen de evacuación de la zona.
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